Los propietarios de pisos bajos estarán obligados a pagar la instalación de ascensores

por Manuel
19 January 2009

ascensorCada vez que una comunidad de propietarios adopta la decisión de dotar al edificio de un ascensor suele ser usual que los propietarios de pisos bajos y de locales comerciales a pié de calle se opongan a la acción y rehúsen aportar contribución económica alguna para que tan necesario proyecto pueda salir adelante. Habitualmente los dueños de estos inmuebles acostumbraban a alegar que el mencionado servicio en nada les beneficiaba y en nada contribuía a mejorar su calidad de vida. Pues bien, tales actitudes van ya camino de resultar infructuosas gracias a una reciente sentencia del Tribunal Supremo que se convierte en jurisprudencia. En lo sucesivo, los mencionados propietarios podrán negarse, pero más tarde o más temprano la Justicia les obligará a pagar la parte que les corresponda en los costes de instalación y mantenimiento del ascensor.

A propósito de un conflicto vecinal -¡no podía ser de otra forma!-, el Alto Tribunal ha concluido que la totalidad de los propietarios deberán contribuir, según su cuota de participación a los gastos de instalación del elevador sin ningún tipo de excepción. Hasta ahora, las sentencias contradictorias dictadas al respecto por Tribunales de Primera Instancia habían conseguido sembrar la confusión en virtud de muy distintas interpretaciones de la Ley de Propiedad Horizontal. El pleito ha tenido lugar en el municipio vizcaíno de Ermua, con la representación del abogado de la Federación Coordinadora de Personas con Discapacidad Física de Bizkaia (FEKOOR), Guillermo Treku.

La disputa surgió allá por 2001, cuando el dueño de una piso bajo de un edificio de la citada localidad vizcaína se decidió a impugnar ante los tribunales la decisión de sus convecinos que le obligaba a abonar la instalación de dos ascensores en el bloque. Desde el inicio del caso, ha sido necesario esperar 5 años hasta que el Tribunal Supremo conceda definitivamente la razón a aquella comunidad de propietarios y obligue al vecino díscolo a pagar la parte que le corresponde del equipamiento. Según el Supremo, el ascensor contribuye al bienestar de todos los propietarios del edificio, sin excepción alguna.

El proyecto de instalación de un ascensor en una comunidad de vecinos representa casi siempre una empresa ardua, prolongada y costosa, en la que las discusiones y las dificultades hacen que los propietarios desistan con frecuencia en su empeño. En nuestros días, es difícil concebir un inmueble de tres o más plantas que no esté equipado con un ascensor, máxime si algunos de sus habitantes son personas mayores o discapacitados. Esta sentencia viene por fin a disipar las últimas resistencias con las que venían topándose casi siempre iniciativas de esta naturaleza.

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8 comentarios
19 January 2009
nati permalink

tenemos un vecino que tiene tres bajos.nunca aha pagado gastos de comunidad,y se niega a pagar.tienes los contadores de luz de dichos bajos,en el patio comunitario.mi pregunta es,debe de pagar gatos de comunidad?

19 January 2009

Si sus inmuebles están incluidos en la Comunidad, la respuesta es afirmativa. SI debe abonar la cuota que le corresponda de la Comunidad de Propietarios, según las propiedades que tenga y la superficie de las mismas.

19 January 2009
nati permalink

los locales son comerciales,las puertas de acceso estan en la calle.pero insisto los contadores de la luz estan dentro del patio.si deben pagar gastos de comunidad,que porcentaje deben pagar.los pisos son de 80m y pagamos mesualmente 30e

19 January 2009

Hola Nati:

La cuantía de las cuotas de comunidad de propietarios a pagar se calculan según la superficie que cada vivienda o local tenga expresada en su correspondiente escritura pública de compraventa, en terminos de proporcionalidad directa.

Saludos

19 January 2009
nati permalink

el vwcino del bajo,nos dice que no paga por que ya se le a creado un derecho por no pagar tantos años.y se niega a pagar los cinco ultimos años de demora.aparte los dos pisos de abajo son suyos y en el patio de luz se los a comunicado con una puerta en la medianera y haces años se hizo una cocina de obra en el patio de luces(sobre 6metros aproximadamente)el dice que vayamos a jucio.que es lo que debemos hacer. un saludo

19 January 2009

Hola Nati:

Efectivamente, creo que va a tener que resolver el problema un Juez.

Saludos

19 January 2009
nati permalink

pero,tenemos posibilidad de ganar?

19 January 2009

Hola nuevamente, Nati:

Creo que si podéis ganar, aunque creo que ya en este punto es indispensable que vayáis a consultar a un abogado para que lo valore y os responda él a esa pregunta.

¡Suerte!.

Saludos

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